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Aviso o Permiso de Publicidad COFEPRIS: La Guía Definitiva para Médicos

Aviso o Permiso de Publicidad COFEPRIS: La Guía Definitiva para Médicos

Por A. Joshua Durán León

Introducción

COFEPRIS. Para muchos profesionales de la salud, esta palabra genera más dudas y temores que casi cualquier procedimiento médico. Es una neblina de burocracia, miedo a multas millonarias y una parálisis que impide a muchos promocionar sus servicios de manera efectiva. O peor aún, los lleva a hacerlo de forma incorrecta, acumulando un riesgo silencioso.

En nuestra experiencia con cientos de médicos, clínicas y hospitales, hemos visto que el mayor obstáculo no es la complejidad de la ley, sino la desinformación.

El objetivo de esta guía es simple: disipar esa neblina. Vamos a explicar de forma clara y directa la diferencia entre el Aviso y el Permiso de Publicidad, cuándo necesitas cada uno y cómo evitar los errores más costosos que vemos todos los días.

El Error #1 que Invalida tu Trámite COFEPRIS (Antes de Empezar)

Antes de hablar sobre publicidad, hablemos de cimientos. El error más común que vemos es un médico que se preocupa por su Aviso de Publicidad sin tener en regla los trámites previos y fundamentales.

¡Atención! Tu Aviso o Permiso de Publicidad de COFEPRIS no tendrá validez si no cuentas primero con tu Aviso de Funcionamiento y, en muchos casos, con los permisos municipales como el Permiso de Uso de Suelo.

Es como querer ponerle un techo a una casa que no tiene paredes. COFEPRIS asume que tu consultorio o clínica ya opera legalmente. Sin estos trámites previos, cualquier gestión publicitaria está construida sobre arena y puede ser invalidada fácilmente.

La Gran Diferencia: Aviso vs. Permiso de Publicidad (Explicado para Médicos)

La confusión entre estos dos trámites es la fuente del 90% de las dudas. La forma más sencilla de entenderlo es:

  • Aviso de Publicidad: Eres . Un profesional de la salud independiente.
  • Permiso de Publicidad: Son USTEDES. Una entidad legal, una clínica, un hospital o un grupo de médicos.

Veámoslo en detalle:

Necesitas un AVISO de Publicidad si…

Eres un médico, especialista o profesional de la salud (odontólogo, psicólogo, nutriólogo, etc.) que trabaja de forma individual y quieres promocionar TUS propios servicios.

  • ¿Quién? Un solo profesional con cédula.
  • ¿Qué es? Es una notificación a COFEPRIS. Les estás “avisando” que harás publicidad. No requiere una aprobación explícita antes de lanzar tu campaña, pero sí debes registrarla y tu publicidad debe cumplir la norma desde el día uno.
  • Ejemplo: La Dra. Ana López, ginecóloga, quiere poner un anuncio en Instagram sobre sus servicios de consulta. Necesita su Aviso de Publicidad.

Necesitas un PERMISO de Publicidad si…

Eres una clínica, un hospital, una sociedad civil (S.C.) o una sociedad anónima (S.A. de C.V.) que ofrece servicios de salud. También aplica si son varios médicos que se promocionan bajo un nombre o marca comercial común.

  • ¿Quién? Una persona moral o un grupo de personas físicas.
  • ¿Qué es? Es una solicitud de autorización. Aquí, COFEPRIS debe revisar y APROBAR tu publicidad ANTES de que puedas difundirla.
  • Ejemplo: “Clínica de Fertilidad Renacer”, que cuenta con 5 médicos especialistas, quiere lanzar una campaña en Google Ads. Necesitan un Permiso de Publicidad.

Tabla Comparativa Rápida: ¿Cuál Necesito?

CaracterísticaAviso de PublicidadPermiso de Publicidad
¿Para quién es?Médicos y profesionales independientes (persona física).Clínicas, hospitales, grupos médicos (persona moral).
Tipo de TrámiteNotificación (Avisar a la autoridad).Solicitud (Pedir autorización previa).
Costo del TrámiteNo tiene costo de derechos, solo el costo de gestión si contratas a un tercero.Sí, tiene un costo de derechos que varía según el medio (Internet es el más caro).
ComplejidadBaja.Media-Alta.

Las Consecuencias Reales: ¿Qué Pasa si Hago Publicidad Sin el Trámite Correcto?

El miedo a COFEPRIS está justificado si se ignoran las reglas. Hacer publicidad sin el trámite correspondiente o, peor aún, infringiendo las normas, te expone a:

  1. Multas Cuantiosas: No son un mito. Las multas pueden ir desde los cientos de miles hasta superar el millón de pesos, dependiendo de la gravedad y el riesgo a la salud pública.
  2. Suspensión de Publicidad: COFEPRIS puede ordenar la baja inmediata de tus campañas, página web y redes sociales.
  3. Clausura Temporal o Definitiva: En casos graves o de reincidencia, pueden clausurar tu establecimiento.
  4. Daño Reputacional: Una sanción de COFEPRIS destruye la confianza, el activo más valioso que tienes con tus pacientes.

Más Allá del Trámite: Publicidad que SÍ Cumple con la Ley

Tener tu Aviso o Permiso no es una licencia para decir lo que quieras. Tu publicidad debe ser siempre:

  • Informativa y Educativa: No sensacionalista.
  • Comprobable: No puedes usar términos como “el mejor”, “el único”, “100% seguro” o “resultados garantizados”.
  • Ética: No prometas curas milagrosas ni uses testimonios falsos o que no puedas comprobar. El uso de imágenes “antes y después” está fuertemente regulado.
  • Transparente: Pro-Tip de nuestra agencia: Incluye siempre en tu publicidad tu nombre completo, la universidad que expidió tu título, tu número de cédula profesional y, si aplica, el número de tu Aviso o Permiso de Publicidad. Esto no solo cumple la norma, sino que genera una confianza brutal en el paciente digital.

Conclusión: Transforma el Miedo en Acción Inteligente

Navegar la regulación de COFEPRIS no tiene por qué ser una pesadilla. Es un paso esencial para profesionalizar tu práctica, proteger tu patrimonio y, sobre todo, construir una relación de confianza y transparencia con tus pacientes.

El cumplimiento no es un gasto, es una inversión en la reputación y sostenibilidad de tu práctica médica. No dejes que la desinformación te paralice o te ponga en riesgo.